Comunicado informaticvo xde la Platforma Stop Biometano de Alcalá la Real

262
ALCALÁ LA REAL                                                                                                      PLANTA DE BIOMETANO

La Plataforma Stop Biometano de Alcalá la Real y Aldeas ha presentado una alegación en el proceso de información pública de la Autorización Ambiental Integrada (AAI/JA/138) en la que advierte de graves irregularidades jurídicas y técnicas que, a su juicio, podrían determinar la nulidad de pleno derecho del procedimiento.
La alegación señala, en primer lugar, una incongruencia sustancial en la delimitación del ámbito de actuación del proyecto. Mientras que la promotora Desarrollo Bioenergéticos de Andalucía Jaén 1 S.L., identifica en su solicitud de AAI ante la Delegación Territorial de Jaén formulada el 3 de mayo de 2024 únicamente las parcelas 236 y 237 del polígono 15 como ubicación de la planta de biometano, el Proyecto Técnico, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y el Acuerdo de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén por el que se somete el expediente a información pública amplían el ámbito a las parcelas 233, 235, 236 y 237. Para la plataforma, esta discrepancia no es un mero error material, sino una incongruencia de fondo que afecta a la totalidad del procedimiento, pues genera una absoluta incertidumbre sobre el objeto real de la autorización solicitada.
En segundo lugar, Stop Biometano denuncia que los informes sectoriales preceptivos que obran en el expediente no abarcan la totalidad de las parcelas afectadas por el proyecto, generando un vicio de nulidad insubsanable. Tanto el Informe de Compatibilidad Urbanística favorable emitido por el Ayuntamiento de Alcalá la Real el 8 de noviembre del 2024 como la Resolución en materia de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deportes se limitan a las parcelas 233 y 235, omitiendo cualquier pronunciamiento sobre las parcelas 236 y 237. Esta carencia impide, una evaluación ambiental completa y válida del proyecto.
Asimismo, la plataforma alerta sobre una vulneración del derecho de acceso a la información pública y de participación ciudadana. La promotora asegura que existen dos informes urbanísticos favorables: uno, de 8 de noviembre de 2024, correspondiente a las parcelas 233 y 235, que obra en el expediente; y otro, de 2 de noviembre de 2023, relativo a las parcelas 236 y 237, que no se encuentra disponible en el trámite de información pública y que el Ayuntamiento niega que obre en el expediente, documento que ha sido solicitado formalmente al consistorio y que aún no ha sido facilitado.
Esta omisión contraviene el artículo 7 de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y el artículo 13 de la Ley de Transparencia Pública de Andalucía, y priva a la ciudadanía de la posibilidad de formular alegaciones con pleno conocimiento de causa. Desde la Plataforma se exige máxima transparencia y rigor.

No es aceptable que un proyecto de esta magnitud y características se esté tramitando sin que se conozca con exactitud dónde se va a ubicar o ni si los expedientes administrativos están completos y reflejan todos los informes requeridos.
Desde el punto de vista jurídico, estas deficiencias podrían constituir un vicio de nulidad según el artículo 47.1.e) de la Ley 39/2015, ya que afecta a la esencia del proyecto y genera incertidumbre sobre el objeto de la autorización. Por ello, la plataforma solicita a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén que declare la nulidad de las actuaciones y archive el expediente.
De manera subsidiaria, en caso de que no se estime dicha nulidad, Stop Biometano reclama la suspensión del procedimiento, el requerimiento de subsanación a la promotora para que aporte todos los informes sectoriales exigibles y clarifique definitivamente el ámbito del proyecto, y la repetición del trámite de información pública, garantizando el acceso a toda la documentación.
La plataforma no descarta acudir a nuevas vías jurídicas si la Administración continúa la tramitación sin corregir estas deficiencias, incluyendo la interposición de recursos administrativos, la solicitud de medidas cautelares y, en última instancia, el recurso contencioso-administrativo, con el objetivo de salvaguardar el medio ambiente, la legalidad del procedimiento y los derechos de la ciudadanía de Alcalá la Real y sus aldeas.