Expedientan a los policías locales que evitaron un suicidio en el acueducto de Segovia

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SUICIDIO

En este mundo distópico dos policías locales de Segovia salvan a una persona que iba a suicidarse desde el Acueducto y la alcaldesa decide abrirles expediente porque no era competencia de la policía local y está prohibido subir al Acueducto.

La Junta les condecoró por esta misma actuación, pero la alcaldesa dice que no son competencias de Policía Local subir al Acueducto para auxiliar a personas con tentativa de suicidio, sino que son competencias de seguridad ciudadana que corresponden a Policía Nacional y por eso les abre diligencias informativas (las previas a un disciplinario).

Con la vida de una persona en riesgo, en una situación de emergencia en la que unos minutos pueden ser vitales, las competencias y la forma de acceso a un monumento son lo de menos. Hay un delito que se llama omisión del deber de socorro. A una persona que va a lanzarse al vacío desde un acueducto existe obligación de intentar socorrerla para evitar un desenlace fatal. Da igual si la competente es la Policía Nacional, la Policía Local, el Cuerpo de Bomberos, Protección Civil o el SEPRONA y si para poder salvar la vida de una persona, un agente de policía no tiene más remedio que subirse al Acueducto de Segovia, a la Puerta de Alcalá o a las torres de la Alhambra, se sube y no creo que su actuación pueda merecer ningún reproche jurídico.